sábado, 21 de marzo de 2009

Acoso judicial, agravio a la libertad de expresión.‏

Que no cause extrañeza que con las amenazas, agresiones físicas, atentados y asesinatos las demandas por daño moral estarán a la orden del día. La despenalización de los delitos de difamación y calumnia, junto con la pronta aprobación de la federalización de crímenes contra periodistas, significan avances en la arista legislativa del tema de la libertad de expresión. Pero no son garantía alguna para el pleno respeto del trabajo de los profesionales de la información.

Como si no bastara con las agresiones físicas de todos los días contra reporteros, fotógrafos y camarógrafos, los trabajadores de los medios de comunicación viven bajo el riesgo de ser llevados a tribunales debido a la información que publican.
De acuerdo a la información del estudio anual, que en materia de libertad de expresión, realiza la Fundación Manuel Buendía las demandas contra periodistas se han mantenido, pero sin duda alguna se pueden incrementar.

Cuéntalo, no lo publiques

Jesús Alonso Zaragoza López, presidente del Consejo de Administración de Grupo Zeta, interpuso una demanda contra las revistas Contralínea y Fortuna, así como a los periodistas Ana Lilia Pérez y Miguel Badillo.
El origen de la demanda son una serie de reportajes que ponen al descubierto supuestos actos de corrupción al interior de Petróleos Mexicanos (Pemex). Las publicaciones demandadas reproducen las entrevistas otorgadas por el empresario a la reportera Ana Lilia Pérez, donde reconoce sus vínculos con altos funcionarios de Pemex, de la Secretaría de Energía y de la Comisión Reguladora de Energía.
Pese a haber aceptado la veracidad de dichas entrevistas, la sentencia del juez 44 de lo Civil, José Manuel Pérez León, establece que “la circunstancia de haber accedido a dar la entrevista no puede tener el alcance de otorgar consentimiento tácito para que la información proporcionada se difunda de forma arbitraria por la periodista…”
Pero, la sentencia va más allá: “tampoco existe sustento jurídico que permita concluir que la circunstancia de que el actor haya admitido las entrevistas y otorgado documentos pueda entenderse como una manifestación de voluntad que consiente el trabajo del periodista, pues no puede existir consentimiento sobre la forma en que va a darse la difusión de esa información, si no se conoce esa forma”.
Lo que significa que aunque el empresario otorgó la entrevista, con ella no dio su “consentimiento tácito” para que se difundiera. Así que no estaría mal que los periodistas recurrieran a algún especialista en leyes para redactar un documento base de autorización para difundir la información.
En enero del presente año, Contralínea perdió el amparo directo que interpuso contra la sentencia de dicho juicio, por lo que está obligada a censurar los siete reportajes, que fueron materia de la demanda, al exigir su retiro de las páginas de internet www.contralinea.com.mx(,) www.revistafortuna.com.mx (y) www.chihuahua.contralinea.com.mx (;) la publicación de la sentencia, la reparación del daño moral mediante el pago de una indemnización, así como de los gastos originados por la demanda.
En diciembre del año pasado el juez ordenó que se investigara el patrimonio de los periodistas, Miguel Badillo y Ana Lilia Pérez, para fijar el monto de la multa que les impondrá.
En agosto del año pasado la empresa Oceonografía demandó a los periodistas Miguel Badillo, Ana Lilia Pérez, Jorge Meléndez Preciado y Nancy Flores. La naviera contratista de Pemex destaca en su demanda dos entrevistas que Miguel Badillo sostuvo con el hijastro del expresidente Vicente Fox, Manuel Bribiesca Sahagún, y que revelaron las gestorías que Jorge Bribiesca y Guillermo Sahagún, hijo y hermano de Martha Sahagún respectivamente, hacían en Pemex a favor de la empresa.
Miguel Badillo escribió en su columna Oficio de Papel, del 9 de octubre de 2006:
“Traficantes de influencias es lo que son los hijos de Marta Sahagún. Manuel y Jorge Bribiesca, y su tío Guillermo Sahagún, utilizaron durante seis años el gafete de la Presidencia de la República para abrir puertas en secretarías de Estado, empresas paraestatales como Pemex, organismos descentralizados e institutos, fondos y fideicomisos, de donde negociaron contratos para beneficiarse ellos mismos y también a favor de empresas privadas que los contrataban (sin documentos de por medio para no dejar huellas) a cambio de jugosas comisiones.”
La empresa Oceonografía argumenta la existencia de una “campaña mediática orquestada y puesta en marcha por los demandados” y como repercusiones de dicha acción la empresa enumera una serie de pronunciamientos, entre ellos:
* El cuestionamiento del senador Ricardo Monreal, 19 de febrero de 2008, al secretario de la Función Pública , Salvador García Casillas, sobre los contratos entre Pemex y Oceonografía.
* El punto de acuerdo del Senado de la República para que la Secretaría de Energía y Pemex informen sobre el número de contratos celebrados con Oceonografía.
Mientras que en la argumentación de su demanda sustenta que “es una entidad privada, no es una autoridad que pueda estar sujeta al escrutinio público”.
La persecución jurídica contra los periodistas aún no termina. El 16 de enero del presente año Miguel Badillo fue detenido, presuntamente por cometer el delito de desacato al negarse a recibir los citatorios del juez. La reportera Ana Lilia Pérez se mantuvo escondida por unos días, ante el temor de las acciones que pudieran tomar en su contra, pues existía una orden de aprehensión.
El 11 de febrero las oficinas que albergan a la revista Contralínea, fueron allanada por autoridades judiciales y policiacas. El abogado de la empresa de gas Grupo Zeta, Diego Romero Velasco, tenía la intención de revisar los archivos de la publicación.

Demandas, vía para impedir la libertad de expresión

El caso de Contralínea no es el único que se ha registrado en los últimos años en nuestro país.
Luego de cuatro años y cinco meses el juez Miguel Ángel Robles Villegas condenó al periodista Alfredo Rivera Flores, autor de La sosa nostra. Gobierno y porrismo coludidos en Hidalgo. Mientras que absolvió al prologuista del libro, el columnista Miguel Ángel Granados Chapa.
El diputado priísta Gerardo Sosa Castelán demandó a todos los que de alguna forma tuvieron algo que ver con dicha publicación: a la editorial Miguel Ángel Porrúa por haber publicado la obra, a la empresa Libraria por haber hecho la tipografía, a Enrique Garnica García por el diseño de la portada y a Héctor Rubio Traspeña por ser el responsable de la fotografía del autor que aparece en la portada del libro.
Pero si esto parece excesivo, en el curso del juicio se cometieron una serie de irregularidades que en sí mismas se convirtieron en una persecución para los demandados: los abogados del diputado Sosa Castelán tardaron dos años en notificar a todos los involucrados; la firma de la abogada defensora de los periodistas, Perla Gómez, fue impugnada, se le acusó de falsificar su propia firma; en el transcurso del juicio se presentaron 29 apelaciones con el fin de retrasar innecesariamente el juicio, entre otras cosas.
Además es necesario señalar que la defensa de todos los codemandados se ha llevado a cabo de manera gratuita en gastos y costas por la asociación Libertad de Información-México AC (Limac).
El libro La sosa nostra narra el papel de la Federación de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Hidalgo en la supuesta construcción de la carrera política de Sosa Castelán.

El daño moral

Sin duda alguna el gremio periodístico se sintió feliz cuando en 2007 fueron despenalizados los delitos de difamación, calumnia e injuria. Lo que significó desaparecer el riesgo de que los periodistas pudieran ser encarcelados por sus trabajos periodísticos.
Sin embargo, los juicios civiles por daño moral han significado un víacrucis para los periodistas que los han padecido en los últimos años.
El artículo 1916 del Código Civil Federal establece que por daño moral “se entiende la afectación que una persona sufre en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspectos físicos, o bien en la consideración que de sí misma tienen los demás”. Este daño moral se produce al comunicar “a una o más personas la imputación que se hace a otra persona física o moral de un hecho cierto o falso, determinado o indeterminado, que pueda causarle deshonra, descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio de alguien”.
Al contrario del delito de calumnia, los jueces pueden decretar que ha habido daño moral aun cuando lo que se publique sea cierto.
En mayo de 2006 fue publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada , el Honor y la Propia Imagen. Legislación que es novedosa al incluir el término de “malicia efectiva” que no es otra cosa que la demostración de que la información fue difundida a “sabiendas de su falsedad”, que fue difundida “con total despreocupación sobre si era falso o no”, y “que se hizo con el único propósito de dañar”.
La empresa Oceonografía alega que las investigaciones publicadas entre 2006-2008 en la revista Contralínea afectaron su imagen. De acuerdo al documento de la demanda, los periodistas demandados han emprendido una campaña contra la naviera, “con el propósito de desprestigiarla, desacreditarla y descalificarla, afectando su buena reputación para seguir licitando con la empresa paraestatal Pemex …”
Pero entre 2006 y 2008 Pemex le otorgó 22 contratos por más de 19 mil millones de pesos, de acuerdo al portal de Compranet, que depende de la Secretaría de la Función Pública.
La existencia del daño moral queda a criterio de los jueces, así como la indemnización, en este caso económica, que los supuestos responsables deben cubrir.
En los casos de los periodistas Miguel Badillo, Ana Lilia Pérez y Alfredo Rivera Flores las multas que deben pagar no han sido establecidas por los respectivos jueces; pero no dudamos que puedan ser exageradas con la intención de mandar un mensaje ominoso al resto de los periodistas del país.
La magistrada del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, Consuelo Villalobos Ortiz, le ahorró al juez el establecimiento de la indemnización que los periodistas Abel Barajas y Víctor Fuentes, de Reforma; Luis Soto, El Financiero; Eduardo Huchim, Mx; y Rubén Lara León, Rumbo de México, deben pagar por incurrir en el supuesto delito de daño moral en su perjuicio.
Entre enero y septiembre de 2008, los comunicadores referidos publicaron información de supuestos actos de corrupción en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa cuando Consuelo Villalobos era presidenta de este organismo. Por lo que la funcionara, en su demanda, exige una indemnización de 6.5 millones de pesos.
En materia de libertad de expresión el año que empieza no pinta bien para los periodistas. Los estudios establecen que en períodos electorales las agresiones contra comunicadores aumentan de manera considerable.
Que no cause extrañeza que con las amenazas, agresiones físicas, atentados y asesinatos las demandas por daño moral estarán a la orden del día. La despenalización de los delitos de difamación y calumnia, junto con la pronta aprobación de la federalización de crímenes contra periodistas, significan avances en la arista legislativa del tema de la libertad de expresión. Pero no son garantía alguna para el pleno respeto del trabajo de los profesionales de la información.