lunes, 3 de octubre de 2011

En proceso judicial, 33 mujeres en Guanajuato por abortar

  • Hospital General de León, lugar donde más denuncias han presentado los médicos
  • Leonardo Bastida Aguilar
    Foto: Xochitl Celaya Enríquez
    México DF, septiembre 23 de 2011.
    En el estado de Guanajuato se han iniciado al menos 33 procesos judiciales en contra de mujeres por abortar, desde septiembre de 2010, explicó Verónica Cruz, presidenta de la organización civil Las Libres, durante la presentación de la serie documental Expedientes, las mujeres en la mira en la Cineteca Nacional.
    Mencionó que hasta el momento ninguna ha sido encarcelada, pero hay 33 averiguaciones previas abiertas. La mayoría de ellas han sido denunciadas por personal de los servicios de salud, médicos o enfermeras, sobretodo del Hospital General de León, “ya que ellos creen que su deber católico es denunciar a las mujeres”, aseguró.
    Para la activista, la mayor preocupación es la manera en cómo se configura el delito debido a que si se les imputa un homicidio, las penas en prisión pueden ser severas. Mientras tanto, la organización investiga lo que sucede con esas averiguaciones. De estas 33, indicó Cruz, Las Libres han ayudado a cuatro para que no fueran enviadas a prisión, y buscan a las otras 29 con la finalidad de que no sean encarceladas.
    En septiembre de 2010 fueron liberadas de los penales de Puentecillas y Valle de Santiago, Guanajuato, siete mujeres por abortar, encarceladas por el delito de homicidio en razón de parentesco.
    Hace un año, el Congreso estatal aprobó una atenuante al delito de homicidio en razón de parentesco con la que redujo de 35 a 8 años de prisión las penas máximas “a mujeres acusadas de quitar la vida a un hijo recién nacido”.
    La modificación al artículo 156 del Código Penal de Guanajuato establece: “A la madre que prive de la vida a su hijo dentro de las 24 horas posteriores al nacimiento, y además dicha privación sea consecuencia de motivaciones de carácter psicosocial, se le impondrá de 3 a 8 años de prisión”.
    Desde mayo de 2009, la Constitución del estado de Guanajuato señala en su artículo 1: “Para los efectos de esta Constitución y de las leyes que de ella emanen, persona es todo ser humano desde su concepción hasta su muerte natural; y el Estado le garantizará el pleno goce y ejercicio de todos sus derechos”.
    Además, el artículo 159 del Código Penal de Guanajuato indica que el aborto puede alcanzar una pena de 6 meses a 3 años de prisión, y de entre 10 y 30 días de salario mínimo de multa a la mujer que lo provoque o lo consienta. El artículo 163 del mismo Código refiere que la interrupción del embarazo no es punible cuando sea imprudencial o culposo, o cuando sea causa de violación.