domingo, 15 de agosto de 2010

Sala Constitucional de Costa Rica dice “no” a referéndum sobre uniones homosexuales

México DF, agosto 13 de 2010.
Por mayoría de 5 votos, la Sala Constitucional de Costa Rica acogió los amparos acumulados contra la decisión del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) de recoger firmar para organizar un referéndum sobre el Proyecto de Ley de Unión Civil entre Personas del Mismo Sexo.
Para tal efecto, 6 magistrados estimaron que se trata de materia legislativa y no electoral –aquí se unió a la mayoría el magistrado Castillo que declaró sin lugar el recurso-, por cuanto, se trata del ejercicio material de tal función por el pueblo y que al TSE lo que se le encomendó fue, únicamente, la organización, dirección y fiscalización del proceso, circunstancia que la mayoría de 6 magistrados estimaron que no la convierte en una materia electoral.
El referéndum era promovido tanto por la Iglesia católica como por grupos evangélicos. El TSE del país centroamericano había fijado el 5 de diciembre como fecha para su realización.
La Corte, sin embargo, determinó que al someter al dictamen de una mayoría los derechos de una minoría se podrían profundizar y agravar las discriminaciones en contra de estos últimos.
En cuanto al fondo, la mayoría consideró que los derechos de las minorías que surgen de reivindicaciones contra-mayoritarias no pueden ser sometidos a un proceso de referéndum donde se imponen las mayorías.
Los magistrados de la Sala Constitucional de la nación centroamericana, estimaron que además de los límites explícitos del artículo 105, párrafo 3, de la Constitución de Costa Rica, al referéndum por razón de la materia, ese mismo artículo en su párrafo 1, establece una limitación general a cualquier función legislativa –incluso la que ejerce el Pueblo por vía de referéndum- que son los derechos humanos y fundamentales contenidos en los tratados y convenios del Derecho Internacional Público.
La Sala estimó que las personas que tienen relaciones con una del mismo sexo son un grupo en desventaja y objeto de discriminación que precisa del apoyo de los poderes públicos para el reconocimiento de sus derechos constitucionales o infraconstitucionales.
En resumen, estimó que someter al dictamen de una mayoría derechos de una minoría profundiza y agrava las discriminaciones en su contra.
Los magistrados anularon la resolución del TSE que autorizó recolectar firmas para realizar el referéndum y se le ordenó, a través de su presidente, abstenerse de incurrir, a futuro, en tales conductas.
Los amparos fueron resueltos por medio de la sentencia 2010-13313 del pasado 10 de agosto.
Oposición de la presidenta
Sin embargo, ahora queda una difícil batalla en el Congreso, ya que el partido oficialista Liberación Nacional podría seguir la línea de la presidenta de Costa Rica, Laura Chinchilla, quien se opone a la aprobación del proyecto. Así lo dejó claro en el plenario legislativo el diputado Justo Orozco, quien representa a las iglesias evangélicas. Confió que la presidenta mantenga su promesa de rechazar cualquier proyecto que otorgue el derecho a que parejas del mismo sexo puedan unirse en matrimonio.